FAMILIAR DE CIUDADANO ESPAÑOL
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTA AUTORIZACIÓN?
Las personas extranjeras extracomunitarias que puedan demostrar una relación familiar con una persona de nacionalidad española:
- Cónyuge, pareja registrada o pareja estable, en este último supuesto probando una relación de convivencia de al menos doce meses.
- Descendientes. Hijos de la persona con nacionalidad española, o los de su pareja, menores de edad o mayores hasta veintiséis años.
Los descendientes de españoles de origen tienen acceso directo e ilimitado a esta autorización de residencia.
- Ascendientes. Menores de ochenta años que demuestren estar a cargo de la persona con nacionalidad española; o mayores de ochenta años que acrediten un vínculo familiar.
Se incluyen también en este grupo los padres o tutores legales que tienen a cargo a un menor con nacionalidad española, que conviven con él o que están al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
- Familiar hasta el segundo grado que acredite el vínculo y realice o venga a realizar los cuidados del familiar con nacionalidad española.
- De forma excepcional, familiar sin importar el grado de parentesco que acredite estar a cargo de la persona con nacionalidad española.
¿QUÉ SIGNIFICA ESTAR A CARGO?
Si, por ejemplo, decimos que la persona extranjera debe estar a cargo de un familiar de nacionalidad española significa que entre ellos debe existir una relación de dependencia motivada por necesidades económicas, incapacidad física o razones de carácter humanitario que sitúan a la persona española en la obligación de hacerse responsable del bienestar de la persona extranjera y cubrir todas sus necesidades durante su residencia en España.
Es importante resaltar que esa dependencia debe haberse originado en el país de procedencia y haber sido acreditada por las autoridades allí competentes.
¿POR CUÁNTO TIEMPO SE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN?
La residencia se concede por cinco años, con posibilidad de prorrogar por otros cinco años, optar a una autorización independiente o modificar a una autorización de residencia y trabajo.